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Publicado el 10/23/2025

Dignidad, Autonomía y Derecho: Guía Completa sobre Cuidados Paliativos y Voluntades Anticipadas en Chile

Dignidad, Autonomía y Derecho: Guía Completa sobre Cuidados Paliativos y Voluntades Anticipadas en Chile

Dignidad, Autonomía y Derecho: Guía Completa de Cuidados Paliativos Universales y Voluntades Anticipadas en Chile

Por Epilef Zaíd | Blog de Vital Senior
23 de octubre de 2025

El Derecho a Decidir sobre el Final de la Vida


Hablar del final de la vida no es sencillo. En nuestra cultura, suele ser un tema evitado, pero enfrentarlo con información y acompañamiento puede transformar este proceso en un momento de dignidad, encuentro y serenidad.

Chile ha dado pasos importantes para garantizar que cada persona, al enfrentar una enfermedad grave o terminal, pueda vivir sus últimos días con respeto, alivio del sufrimiento y autonomía. Dos pilares sustentan este avance: los Cuidados Paliativos Universales (CPU) y las Voluntades Anticipadas de Tratamiento (VAT).

Ambos instrumentos, impulsados por el Ministerio de Salud, reflejan un cambio cultural profundo: pasar de una medicina centrada solo en la enfermedad a una atención centrada en la persona y su derecho a decidir.


✨ ¡Bienvenidos al Blog de Vital Senior! Hoy hablaremos sobre la Ley de Cuidados Paliativos 21.375 que consagra como un derecho universal el acceso a los cuidados paliativos para todas las personas que padecen enfermedades terminales o graves. En Chile, desde 2004 existe la garantía GES para pacientes oncológicos, y con esta ley se extiende el beneficio a pacientes con otras enfermedades que requieren este tipo de cuidados. Según las estimaciones del Ministerio de Salud, la ley beneficiará entre 11mil y 13 mil pacientes al año. 

En Vital Senior te explicaremos con la máxima claridad posible, para que todos nuestros Seniors entiendan y se enteren de este derecho. Descubre las implicancias de esta ley, cuáles son sus requisitos, cómo se lleva a cabo, y por supuesto, los mejores consejos y material complementario para una mayor información. En Vital Senior nos preocupamos de informar a los mayores para que puedan tomar las mejores decisiones.


Antes de iniciar, te invitamos a mirar el siguiente video introductorio a Los Cuidados Paliativos Universales.

Cuidados paliativos y leyes que le rigen

Fuente: Canal Oficial Servicio de Salud Concepción, Chile


1. Cuidados Paliativos Universales (CPU): Un Enfoque Integral y Legal


Los cuidados paliativos son definidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como un enfoque destinado a mejorar la calidad de vida de pacientes y familias que enfrentan enfermedades potencialmente mortales, mediante la prevención y alivio del sufrimiento.

Esto incluye la atención no solo a los síntomas físicos, sino también a los aspectos emocionales, sociales y espirituales, reconociendo que el bienestar humano va mucho más allá del cuerpo.


1.1 Marco Legal y Evolución en Chile


En este contexto, Chile ha avanzado progresivamente hacia un modelo de atención más humano y equitativo:

  • 1994: Inician los cuidados paliativos oncológicos bajo el Programa Nacional del Cáncer.
  • 2005: El Decreto AUGE 170 incorpora el alivio del dolor y cuidados paliativos como parte de las garantías explícitas de salud (GES) para pacientes oncológicos.
  • 2021: Ley N° 21.375 Amplía este derecho a todas las personas con enfermedades graves o terminales, no solo oncológicas. Con esta ley, los Cuidados Paliativos Universales se consolidan como un derecho garantizado para aliviar el dolor y acompañar integralmente a quien lo necesita.

1.2 Qué Significa Enfermedad Grave o Terminal


La ley distingue entre:

  • Enfermedad Terminal: Condición progresiva e irreversible, sin tratamiento curativo ni terapias efectivas, con una expectativa de vida inferior a 12 meses.
  • Enfermedad Grave: Situación que provoca sufrimientos físicos persistentes, intolerables e incurables.

En ambos casos, el objetivo es el mismo: aliviar el dolor, acompañar emocionalmente y respetar los deseos del paciente.


1.3 Derechos Fundamentales del Paciente


Las personas que se encuentran en alguna de estas condiciones tienen derecho a:

  1. Recibir cuidados paliativos integrales.
  2. Ser informadas de manera clara, comprensible y oportuna sobre su diagnóstico y opciones de tratamiento.
  3. Estar acompañadas por familiares o por una persona significativa durante el proceso.
  4. Decidir libremente si desean o no someterse a tratamientos que prolonguen artificialmente la vida.

Estos derechos buscan colocar a la persona en el centro, reconociendo su voluntad y dignidad incluso en la etapa final.


1.4 Atención Integral y Apoyo Familiar


El modelo de Cuidados Paliativos Universales en Chile considera una atención multidisciplinaria y cercana al hogar. Los equipos comunales pueden incluir:

  • Médicos
  • Enfermeras
  • Kinesiólogos
  • Nutricionistas
  • Psicólogos
  • Trabajadores sociales
  • Químicos farmacéuticos

Este equipo coordina visitas domiciliarias, manejo de síntomas, rehabilitación paliativa (cardiorrespiratoria o musculoesquelética), y educación continua para los cuidadores y familias.

El acompañamiento a la familia es clave: se les orienta sobre cómo manejar el dolor, los cambios en el paciente y cómo enfrentar emocionalmente el proceso, garantizando que nadie transite este camino en soledad.


El siguiente video explica y ejemplifica cómo funciona el Programa de Cuidados Paliativos, explicado por personal de la Dirección de Salud Municipal de Chillán. 

Programa de Cuidados Paliativos Universales

Fuente: Canal DISAMU Chillán, Chile.


2. Voluntades Anticipadas de Tratamiento (VAT): Autonomía y Decisión Proyectada


Las Voluntades Anticipadas de Tratamiento (VAT) son una herramienta que permite a toda persona expresar por escrito sus deseos sobre los tratamientos y cuidados que desea —o no desea— recibir cuando ya no pueda manifestar su voluntad.

Son el medio para mantener el control y la autonomía, incluso en momentos en que la salud o la conciencia impidan comunicarse.


2.1 Propósito y Marco Legal


Las VAT están respaldadas por la Ley N° 21.331 (2021) sobre derechos de las personas en atención de salud mental. Esta norma exige a los equipos de salud promover y respetar las declaraciones anticipadas de voluntad.

Las VAT se consideran una extensión del consentimiento informado, permitiendo que las decisiones tomadas hoy, tengan validez futura.

En palabras simples: permiten que cada persona deje claro cómo desea ser cuidada si enfrenta una enfermedad grave o terminal.


2.2 La Importancia de la Autonomía Relacional


La autonomía no significa decidir solo, sino hacerlo acompañado y comprendido. En este contexto, se habla de autonomía relacional: el derecho a decidir en conjunto con el equipo de salud y las personas de confianza, integrando valores, afectos y circunstancias.

Esto favorece decisiones más coherentes, humanas y respetadas por todos los involucrados.


2.3 Quiénes Pueden Declarar Voluntades Anticipadas


  • Adultos: Cualquier persona mayor de edad con capacidad suficiente para expresar su voluntad, certificada por el médico tratante.
  • Niños, niñas y adolescentes: También pueden participar, conforme a su autonomía progresiva, expresando sus deseos en compañía de sus cuidadores y profesionales de salud.

2.4 Qué Pueden Incluir las VAT


Las voluntades anticipadas pueden abarcar aspectos muy personales, tales como:

  • Aceptar o rechazar tratamientos que prolonguen artificialmente la vida.
  • Definir el lugar donde desean recibir atención (por ejemplo, en su hogar).
  • Manifestar valores personales sobre la calidad de vida.
  • Expresar deseos espirituales o religiosos, o el acompañamiento de personas significativas.
  • Decidir sobre la donación de órganos.
  • Designar uno o más representantes legales que comuniquen sus decisiones al equipo de salud.

Disponer de este documento, reduce la carga emocional sobre los familiares y facilita el trabajo médico al conocer la voluntad del paciente.


2.5 Cómo Declarar las VAT (según lineamientos del MINSAL)


El proceso consta de cinco pasos esenciales:

  1. Información y comprensión: El equipo de salud informa al paciente sobre la naturaleza y propósito de las VAT.
  2. Acompañamiento profesional: El médico tratante o un profesional de salud guía a la persona en la redacción, usando un lenguaje claro y empático.
  3. Suscripción formal: La declaración se firma ante el director del establecimiento o la autoridad designada.
  4. Certificación médica: El médico tratante certifica que la persona tiene capacidad para emitir su voluntad.
  5. Comunicación familiar: Se recomienda informar a los familiares o cuidadores para asegurar que la decisión sea respetada.

Importante: En Chile, la eutanasia continúa prohibida por ley. Ninguna declaración puede incluir solicitudes que contradigan la legislación vigente.


3. Vigencia, Revocación y Almacenamiento


  • Aplicación: Las VAT se aplican solo cuando la persona no puede expresar decisiones por sí misma (por ejemplo, por inconsciencia).
  • Revocación: Son total o parcialmente modificables en cualquier momento. Si se revocan verbalmente, el cambio debe registrarse por escrito.
  • Almacenamiento: El documento debe conservarse en la ficha clínica del paciente y otro ejemplar debe quedar en poder del firmante o su familia.

Revisa el siguiente video para una mejor comprensión sobre Las Voluntades Anticipadas de Tratamiento (VAT): 

Voluntades Anticipadas de Tratamiento (VAT)

Fuente: Canal Fundación Simón de Cirene Por un bien mayor.


Dignidad Resguardada hasta el Final


Los Cuidados Paliativos Universales y las Voluntades Anticipadas de Tratamiento son mucho más que herramientas legales: son actos de amor y respeto hacia uno mismo y hacia quienes acompañan el proceso.

Hablar sobre estos temas no es anticipar la muerte, sino asegurar calidad de vida hasta el último día, con autonomía, serenidad y afecto.

En Vital Senior creemos que cada persona merece vivir este proceso rodeada de apoyo, con la certeza de que sus decisiones serán escuchadas y respetadas.

✨ Nunca es tarde para aprovechar los beneficios importantes. Haz valer tu derecho con la Ley de Cuidados Paliativos y Voluntades Anticipadas de Tratamiento.

En Vital Senior, te mantenemos informado cada semana con guías prácticas, consejos de bienestar y actualizaciones sobre beneficios estatales.


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Fuentes:



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